Archivan caso contra compañeros de Paula Santana Escalante

Archivan caso contra compañeros de Paula Santana Escalante

El Tercer Juzgado de Instrucción de Santo Domingo Este acogió una solicitud de los fiscales que llevaron a cabo la investigación de la muerte de la joven Paula Santana Escalante, cuyo cadáver fue encontrado en la  alcantarilla de una empresa en la Zona Franca Las Américas, donde trabajaba la víctima, y dictó el archivo provisional de la imputación contra los dos señalados del crimen.

Los representantes del Ministerio Público solicitaron el archivo por no tener elementos de pruebas suficientes que inculparan a Joaquín Alexander Hidalgo Marte (Alex), de 38 años, y Alex Elvin Cruz Díaz (Chuki), de 23, para someter formal acusación contra ellos.

Se les otorgó la libertad

Ambos hombres guardaban prisión preventiva en el Centro Correccional y de Rehabilitación de San Pedro de Macorís desde febrero de este año, mes en el que fue violada y ultimada la joven de 23 años, y se le otorgó la libertad en el día de ayer.

Te puede interesar

«Este tribunal por tal razón, confirma el archivo dispuesto por el Ministerio Publico, dado que en el caso que nos ocupa dicha institución ha realizado de manera justificada, todos los actos de investigación, así como la diligencia pertinente para esclarecer este hecho», argumentó el juzgado al acoger el 21 de agosto la solicitud de archivo.

Empresa fue sancionada

La empresa donde trabajaba y fue violada y estrangulada Santana Escalante es Oscor Caribe, LLC (Interger Holding), la cual fue sancionada por el Ministerio de Trabajo.

«Por faltas graves y muy graves en seguridad y salud en el trabajo», fue sancionada la empresa, y se ordenó la no utilización de la nave de la empresa donde ocurrió el hecho, «como forma de garantizar la seguridad de los demás trabajadores».

Investigación sigue abierta

El Ministerio Público informó que, aunque no se sometió la acusación contra Hidalgo Marte (Alex), de 38 años, y Alex Elvin Cruz Díaz (Chuki), de 23, y se solicitó el archivo provisional, la «investigación sigue abierta y ellos siguen siendo objetos se investigación».

El Tercer Juzgado de Instrucción de Santo Domingo Este acogió la petición del órgano acusador basado en el artículo 281, numeral 4 del Código Procesal Penal, que establece que, entre las razones por la que el Ministerio Público puede disponer el archivo del caso mediante dictamen motivado se incluye que «los elementos de pruebas resulten insuficientes para fundamentar la acusación y no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos».

¡Qué impotencia sentimos!

Merián Santana, tía de Paula, dijo que las autoridades los ha defraudado porque el Ministerio Público no hizo su trabajo.Manifestó su impotencia porque «era una niña sana y no se metía con nadie, lo que tenía era mucho deseo de superación».

  La chica aspiraba ser azafata, para lo cual estudiaba y casi se graduaba al momento de ser ultimada.

«Porque si no tenían pruebas suficientes en contra de sus dos compañeros ¿por qué los apresaron? Y los responsables andan sueltos y sabrá Dios qué otras vidas quiten», se quejó Merián.

Periodista egresada de la Universidad Dominicana O&M, profesión que ejerce desde el 2004 en diferentes medios, especialmente impresos.

About Author

WP2Social Auto Publish Powered By : XYZScripts.com
WP Radio
WP Radio
OFFLINE LIVE