Corte rechaza apelación a medida de coerción del rapero Tekashi
Los jueces de la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional rechazaron este jueves la apelación del Ministerio Público contra la medida de coerción impuesta al rapero Daniel Hernández, conocido como Tekashi 6ix9ine, quien está implicado en un caso de violencia de género e intrafamiliar.
La información fue confirmada por su abogado, Waldo Paulino, quien manifestó que la Corte entendió que al órgano acusador «le faltó objetividad», ya que todas las pruebas presentadas en la solicitud de medida de coerción correspondían a hechos que ocurrieron fuera de República Dominicana.
«Por lo tanto, en este país no podían ser acogidos los argumentos y alegatos del Ministerio Público«, expresó.
El pasado 21 de febrero, el Ministerio Público a través de la fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, depositaron el recurso de apelación ante la corte al entender que el tribunal realizó una aplicación errónea de la norma y destacó el peligro que corre la víctima al no imponérsele la medida privativa de libertad que solicitó por los hechos cometidos contra su pareja, la también cantante urbana Jorgina Guillermo Díaz, conocida como Yailin La Más Viral, y su madre Wanda Díaz Núñez.
Ramos indicó que la jueza vulneró el derecho de la víctima, la señora Wanda Díaz Núñez de ser escuchada.
El Ministerio Público señala que la jueza también permitió que abogados que, por disposición de la ley, no podían tener participación, lo hicieran de manera activa, demostrando una vulneración a los derechos de las partes.
Además, aseguró que se ignoró la prueba de la llamada que realizó la señora Yailín al 9-1-1 pidiendo ayuda y el peligro de fuga al ser Tekashi extranjero.
De igual forma, la fiscal consideró que que se ignoró la prueba aportada de un celular que se le ocupó al señor Tekashi en la celda, con el cual estaba amedrentando a los testigos y obstaculizando la investigación.
Medida de coerción
La jueza Fátima Veloz impuso a Tekashi la presentación de una garantía económica de 30 mil pesos, impedimento de salida del país, presentación periódica los días 30 cada dos meses por ante el Ministerio Público y la obligación de someterse a la vigilancia y cuidado del Centro Conductual para la Desarticulación de la Personalidad Violenta y asistir a las charlas que imparte dicho centro.
Veloz también emitió una orden de protección recíproca a favor de las víctimas, donde se le prohíbe a Tekashi molestar, intimidar, asediar, hostigar o amenazarlas por cualquier vía, ya sea en persona, por teléfono, por mensajes de textos o de WhatsApp o cualquier otra aplicación similar, videollamadas, redes sociales o por intermedio de terceras personas.