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A prisión un hombre por matar a otro en Mendoza

A prisión un hombre por matar a otro en Mendoza

A prisión un hombre por matar a otro en Mendoza

El Segundo Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este dictó 20 años de prisión contra Felipe Decena Araujo, de 65 años, quien fue hallado culpable causar la muerte a Eustaquio Ogando, de 54 años, en medio de una discusión por una invasión de terrenos, en el sector Mendoza.

De acuerdo con la información de la Procuraduría General de la República, el condenado también tendrá que pagar una indemnización de dos millones de pesos a la familia de la víctima.

Decena Araujo también hirió a José David Madera Ogando, hermano del hoy occiso.

El expediente instrumentado por la fiscal investigadora Lina Roa detalla que el suceso ocurrió aproximadamente a las 3:45 de la tarde del 12 de febrero de 2020, mientras la víctima Eustaquio Ogando se encontraba junto a José David Madera Ogando, David Junior Madera Torres, Yoleybi Faña de la Cruz (Miko), Jhon Ogando Reyes (Titi) y Valerio Marte Figueroa, en unos terrenos ubicados en la calle Principal del sector de Mendoza.

Relata que, en ese momento, se presentó al lugar el procesado, reclamando y alegando que esas tierras eran de su propiedad, procediendo a realizar varias llamadas a personas que posteriormente se presentaron al lugar, entre ellas, una no identificada, que portaba una pistola, con la cual realizó varios disparos.

Indica que en medio de la disputa el ya condenado le quitó el arma de fuego a la persona desconocida y con ella agredió a un hermano del hoy occiso, José David Madera Ogando.

Fue en esas circunstancias cuando el señor Eustaquio Ogando, al ver a su hermano golpeado, reaccionó en su defensa, por lo que el hoy condenado le realizó un disparo que le produjo una herida de arma de fuego con entrada infra clavicular sin salida que le produjo la muerte, de acuerdo al Informe emitido por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).

Durante el juicio, el fiscal Ignacio Rojas, quien representó al Ministerio Público, demostró con suficientes elementos de prueba que el procesado cometió homicidio voluntario, tipificado y sancionado por los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano, que sancionan el homicidio, y los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

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