Notice: Function _load_textdomain_just_in_time was called incorrectly. Translation loading for the astra-sites domain was triggered too early. This is usually an indicator for some code in the plugin or theme running too early. Translations should be loaded at the init action or later. Please see Debugging in WordPress for more information. (This message was added in version 6.7.0.) in /var/www/vhosts/lasuperdiscoteca.com/httpdocs/wp-includes/functions.php on line 6114

Notice: Function _load_textdomain_just_in_time was called incorrectly. Translation loading for the feedzy-rss-feeds domain was triggered too early. This is usually an indicator for some code in the plugin or theme running too early. Translations should be loaded at the init action or later. Please see Debugging in WordPress for more information. (This message was added in version 6.7.0.) in /var/www/vhosts/lasuperdiscoteca.com/httpdocs/wp-includes/functions.php on line 6114
Fuerza del Pueblo prohíbe a miembros apoyar otros partidos

Fuerza del Pueblo prohíbe a miembros apoyar otros partidos

Fuerza del Pueblo prohíbe a miembros apoyar otros partidos

La Fuerza del Pueblo recordó a los miembros de la organización que deben abstenerse “o evitar participar en actividades proselitistas o consultas” de otros partidos diferentes porque podrían ser sancionados.

El Tribunal Disciplinario de la Fuerza del Pueblo emitió con fecha de este 28 de noviembre la circular TND 004, que dispone la abstención o evitar participar a cada miembro en actividades orgánicas, proselitistas o consultas de otros partidos políticos.

“Los miembros del partido, por mandato de la Ley No. 33-18 y el Estatuto de la Fuerza del Pueblo, deben abstenerse o evitar participar, colaborar de forma directa, indirecta o furtiva en actividades orgánicas, proselitistas o consultas, propias de otras organizaciones políticas diferentes a la Fuerza del Pueblo so pena de ser sancionados de acuerdo a las disposiciones supra indicadas”, dice la circular firmada por el presidente del organismo, Henry Merán.

Agrega que el Reglamento del Tribunal Disciplinario en su artículo 8 tipifica como “faltas muy graves, entre otras: Afiliarse a otra organización partidaria. g-) Ofrecer respaldo o colaboración, de manera expresa o furtiva, a una candidatura a puestos electivos presentadas por un partido, agrupación o movimiento distinto”.

En el artículo dos de la circular “se instruye a todos los organismos, órganos o miembros del partido para que procedan a dirigir, tramitar o comunicar, a la mayor brevedad posible, al Tribunal Nacional Disciplinario o al Fiscal Nacional Disciplinario cualquier violación a la Ley No. 33-18 y el Estatuto del Partido referidas a las disposiciones antes señaladas, a los fines de iniciar el proceso disciplinario correspondiente”.

Además, la circular instruye que la resolución dictada al efecto, sea leída en todas las reuniones y asambleas institucionales.

Periódico líder de República Dominicana centrado en las noticias generales y el periodismo innovador.

About Author

WP2Social Auto Publish Powered By : XYZScripts.com
WP Radio
WP Radio
OFFLINE LIVE