El PLD emplaza a la JCE a no emitir sentencia FP
El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) emplazó ayer a la Junta Central Electoral (JCE) a que se abstenga de ejecutar la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que anuló la resolución del órgano electoral respeto a la distribución de los recursos que otorga el Estado a los partidos políticos y declaraba a la Fuerza del Pueblo como minoritario.
También advierte que, de hacer caso omiso a la petición que le hace, tendrá que atenerse a las consecuencias jurisdiccionales y disciplinarias que procedan. El Pleno de la JCE tiene previsto conocer el recurso en audiencia el próximo jueves.
La organización opositora argumenta que es materialmente imposible poner en ejecución la citada sentencia, dictada el pasado 30 de junio por el Tribunal Superior Administrativo (TSA), por encontrarse legalmente suspendida, de conformidad con el artículo 113 de la ley No. 834 que abroga y modifica disposiciones en materia de Procedimiento Civil.
Indica que ninguna sentencia adquiere irrevocablemente la autoridad y fuerza de la cosa juzgada hasta tanto haya vencido el plazo para impugnarla en casación a través de un recurso que comporte efecto suspensivo o hasta tanto esté abierto el plazo.
Asimismo, dice que la sentencia del TSA está suspendida mientras el plazo para impugnarla en casación se encuentre abierto, tal como se desprende del artículo, 113 de la ley No. 834, la cual establece que tiene fuerza de cosa juzgada la sentencia que no es susceptible de ningún recurso suspensivo de ejecución.
Algunos dirigentes del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), entre ellos el exsecretario general Reinaldo Pared Pérez, han sugerido a la cúpula de ese partido que no recurra en casación la decisión del TSA.
La Fuertra del Pueblo (FP), que lidera el expresidente Leonel Fernández, defiende que obtuvo un 5.69 % de los votos en las elecciones presidenciales del 5 de julio de 2020.
En su resolución, la Junta Central Electoral estableció que la Fuerza del Pueblo alcanzó el 4.54 % sobre la base del promedio de los votos presidenciales y congresuales.
La sentencia del TSA anula una resolución de la Junta Central (JCE) que ratificó el reglamento 01-2021 sobre la distribución económica del Estado a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos.
En su decisión el tribunal establece que la JCE actuó en perjuicio de terceros al hacer sus propias interpretaciones de la Ley de Partidos Políticos. Resalta que una “interpretación sistemática de la norma evidencia la im- portancia del porcentaje obtenido en el nivel presidencial (nivel en el que el recurrente -Fuerza del Pueblo- sobrepasa 5% de los votos válidos emitidos), tanto para la adquisición como para la pérdida de personalidad jurídica de los partidos”.