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Se mantiene prohibición de las actividades masivas; sector turismo debe seguir protocolos

Se mantiene prohibición de las actividades masivas; sector turismo debe seguir protocolos

Se mantiene prohibición de las actividades masivas; sector turismo debe seguir protocolos

El Poder Ejecutivo, mediante el decreto 349-21, mantiene prohibidas las actividades masivas que impliquen la aglomeración de personas.

La nueva disposición va también para el sector turismo, que debe seguir los protocolos dispuestos en sus instalaciones.

En tanto que bares y restaurantes deben operar con el 50 % de capacidad y sin exceder 6 personas por mesa.

A partir de este miércoles 2 de junio y hasta el día 9 del mismo mes comenzará en el país un nuevo horario del toque de queda.

La medida está contenida en el decreto 349-21, el cual establece las restricciones de movilidad según el nivel de contagio y la tasa de positividad de COVID-19 en las demarcaciones.

En 24 provincias y el Distrito Nacional el horario del toque de queda será de lunes a viernes, desde las 6:00 de la tarde a 5:00 de la mañana, y los fines de semana, desde las 3:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana.

Las provincias en las cuales regirá esta medida son Azua, Bahoruco, Barahona, Dajabón, Elías Piña, El Seibo, Hato Mayor, Hermanas Mirabal, Independencia, La Romana, María Trinidad Sánchez, Monseñor Nouel y Montecristi.

Asimismo, se dispone como obligatorio el uso de mascarillas en los espacios públicos y privados de uso público.

“El artículo 16 del referido decreto dicta los siguiente: “Se dispone que las actividades del sector turístico seguirán reguladas mediante su protocolo sectorial”.

En ese sentido, no podrán realizarse las actividades masivas en los hoteles como conciertos, fiestas y festivales u otras similares, a los que el hotel presta sus espacios o son organizadores.

Sobre los restaurantes, la medida publicada este lunes, el Gobierno exige el “estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes”.

En los artículos 9, 10 y 11, de igual forma el llamado va para los espacios abiertos al aire libre en todo el territorio nacional como parques y malecones, también prohibiendo las aglomeraciones, o mejor dicho, cualquier fiesta o “teteo”.

En cuanto a los espacios para la actividad física y deportiva se exige el 50 % de capacidad por igual.

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