Abinader emite decreto que elimina el Patronato de la Ciudad Colonial
El presidente de la República, Luis Abinader, creó -mediante decreto- el Comité para la Preservación de la Ciudad Colonial de Santo Domingo, anunció la noche de este jueves la Presidencia de la República.
El decreto 283-21 deroga el número 220-93 del 31 de agosto, que estableció el Patronato de la Ciudad Colonial, al igual que el 635-05, del 22 de noviembre de 2005, que creó e integró la Comisión Rectora de la Ciudad Colonial de Santo Domingo. La primera entidad tenía como objetivo la planificación y ejecución de la administración del Fondo para la Preservación del Patrimonio de la Ciudad Colonial de Santo Domingo.
La comisión fue dispuesta a través del decreto 283-21 emitido este jueves 29 de abril de 2021, el cual establece que tendrá como propósito “unificar en un organismo rector la toma de decisiones para la gestión y administración patrimonial y urbana de dicha zona”.
En su artículo dos, el decreto establece que el comité estará integrado por el ministro de Turismo, quien lo presidirá; la Arquidiócesis de Santo Domingo, la cual fungirá como vicepresidenta; la alcaldesa de la ciudad de Santo Domingo, quien fungirá como secretaria.
También por un director ejecutivo, que será tesorero; la ministra de Cultura, representada por el director de Patrimonio Monumental; Fabio Herrera Roa, en calidad de asesor del Poder Ejecutivo (PE) para el desarrollo del Centro Histórico; Eugenio Pérez Montás, como asesor del PE para la preservación del Centro Histórico; un representante de la sociedad civil, vinculado a la protección del Patrimonio Monumental; María Amalia León, en calidad de miembro del Voluntariado de Museos y Patricia Read.
Los miembros del Comité ejercerán sus funciones de manera honorífica, con excepción de su director ejecutivo, que será nombrado por el presidente de la República, dice el decreto. Igualmente, que el Comité para la Preservación de la Ciudad Colonial de Santo Domingo queda adscrita al Ministerio de Turismo.
Indica, también, que el comité elaborará, dentro del plazo de 30 días hábiles a partir de la promulgación del presente decreto, su reglamento de funcionamiento interno, el cual será sometido al Poder Ejecutivo para fines de aprobación.
“Asimismo, elaborará otros reglamentos para el cumplimiento del propósito de su creación, cuando lo considere necesario”