Policías deben transferir a la DNCD a detenidos por drogas
Los agentes de la Policía Nacional que apresen un ciudadano en flagrante delito con sustancias controladas deberán transferir tanto al detenido como lo ocupado a la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), único organismo que en lo adelante manejará los casos de narcóticos.
Así lo establece un memorándum firmado el 3 de febrero por el director de la Policía, mayor general Edward Sánchez, dirigido a los encargados regionales, centrales y de área de la institución.
«En ese sentido se les instruye hacer extensiva dicha medida a todo el personal bajo sus respectivos mandos y orientarlos respecto a las acciones que deben realizar al momento de apresar a un ciudadano en flagrante delito», dice el documento.
La disposición se produce luego de que el Poder Ejecutivo ordenara derogar el párrafo 5 de la orden especial 024-2008, del 31 de mayo de ese año, que creó la Dirección Central Antinarcóticos (Dican).
El Consejo Superior Policial efectuó ayer su primera reunión para iniciar el proceso de desintegración de la Dican, cuyo personal pasará a ejercer sus labores en otras dependencias de la Policía Nacional.
El jefe de Estado, en la orden ejecutiva 001802 de este lunes, recordó que la DNCD es el órgano creado por la Ley 50-88, la cual le asigna la facultad de prevenir y reprimir el consumo, distribución y tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas en el país.