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Leonardo Recio Tineo no ha sido suspendido del Consejo del Poder Judicial como denunciara

Leonardo Recio Tineo no ha sido suspendido del Consejo del Poder Judicial como denunciara

Leonardo Recio Tineo no ha sido suspendido del Consejo del Poder Judicial como denunciara

El magistrado Leonardo Recio Tineo no ha sido suspendido del Consejo del Poder Judicial (CPJ) como denunciara la mañana de este miércoles frente al Palacio de Justicia durante una protesta en el Día Nacional del Abogado.

La denuncia de la supuesta suspensión ha sido desmeritada mediante un documento enviado por una fuente. Este magistrado presentó una licencia médica ante la sesión del Consejo del Poder Judicial del martes, la cual demuestra que estuvo ausente por problemas de salud. La fuente asegura, el magistrado sigue activo.

Durante su denuncia, el consejero expresó que fue suspendido del Consejo del Poder Judicial el pasado martes, sin antes ser notificado. Esto, supuestamente a raíz de los pronunciamientos que interpuso por ante la Procuraduría General de la República para que se investigue el presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo, Luis Henry Molina.

Solicitan investigación a la Inspectoría

La mañana de este miércoles el Consejo del Poder Judicial solicitó a la Inspectoría evaluar las actuaciones del magistrado Leonardo Recio Tineo y proceder como corresponda, o sea, que por sus actuaciones puede ser sancionado.

“El Consejero Recio Tineo ha emitido diferentes pronunciamientos sobre el Consejo del Poder Judicial y ha realizado ataques a ese órgano y sus integrantes, lo que ha motivado la decisión tomada por el CPJ en su sesión 004-2021 celebrada en el día de ayer, en la que solicita a la Inspectoría General evaluar las actuaciones de Recio Tineo y proceder como corresponda”, reseña un comunicado del Poder Judicial.

El mismo documento establece que, el magistrado Leonardo Recio Tineo tiene una condición especial y es que forma parte del Consejo del Poder Judicial, órgano encargado de juzgar las acciones presumiblemente disciplinarias, lo cual amerita que, tenga que pronunciarse con relación a la posibilidad de indagar sobre su comportamiento y posible afectación del órgano.

Además, el Consejo señaló que, conforme al párrafo I del artículo 4 del Reglamento Disciplinario aplicable a los jueces y juezas del Poder Judicial, la investigación disciplinaria inicia por denuncia o de oficio por la Inspectoría. Sin embargo, en este caso, es propicio que sea el CPJ el que indique al inspector con total independencia y libertad, que puede indagar sobre las actuaciones de Recio Tineo.

El órgano administrativo recordó que el Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial Dominicano dice en su página 27 que: “La cultura de los jueces y los servidores administrativos judiciales se refleja en su comportamiento cotidiano, por lo que el Código de Comportamiento Ético consta de un sistema de consecuencias mediante el cual se reconocen las mejores actuaciones y se sanciona toda conducta de irrespeto al mismo”.

El documento menciona que los principios establecidos en dicho código, tales como lealtad, prudencia, secreto profesional, son insoslayables en el ejercicio de las funciones que resultan vinculantes para todos los integrantes del Poder Judicial, incluidos quienes conforman el CPJ.

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