Diputados aprueban modificación a la ley de Revalorización Patrimonial
La Cámara de Diputados aprobó la noche de este martes en dos lecturas consecutivas la modificación a la Ley 46-20 sobre Transparencia y Revalorización Patrimonial, pieza procedente del Senado, donde fue aprobada hace menos de un año.
La pieza ahora será devuelta al Senado para que se conozcan los cambios realizados por la Cámara Baja.
El diputado José Santana Suriel dijo que fue modificada en la Cámara de Diputados para que se lea como: “Proyecto de ley que reincorpora las disposiciones de la ley no. 46-20, del 19 de febrero del 2020, sobre Transparencia y Revalorización Patrimonial y sus modificaciones” y le introduce otras disposiciones.
La legislación también fue modificada en el Senado a solicitud de la senadora Faride Raful, debido a que el plazo que tenía vencía el 11 de enero y aún varias personas no habían podido declarar y revalorizar sus bienes.
Cuando fue sometido ante el Senado esta modificación, Raful pidió que el mismo fuera declarado de urgencia y que se conociera en la orden del día para su posterior aprobación.
El objetivo de dicha ley es reincorporar las disposiciones de la Ley 46-20 y establecer un régimen tributario especial con carácter transitorio que permita a los contribuyentes declarar, revalorizar y efectuar el pago correspondiente de manera voluntaria y excepcional ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), respecto a aquellos bienes que especifiquen en la ley.
El diputado José Santana Suriel, del Partido Revolucionario Moderno (PRM), pidió que la pieza fuera declarada de urgencia para su aprobación en el hemiciclo y Gustavo Sánchez, del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), señaló que esa bancada estaba de acuerdo con esa propuesta.
La ley con su modificación establece un régimen tributario especial de carácter transitorio mediante el cual los contribuyentes, de manera voluntaria y excepcional, puedan declarar y revalorizar ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) aquellos bienes o derechos susceptibles de ser declarados o revalorizados.
El proyecto de modificación, que fue aprobado en el Senado en la sesión del 07 de enero, busca que se extienda el plazo para que más personas puedan acogerse al mismo, ya que la fecha tope era hasta el 11 de enero y este martes estamos a 12.
La primera modificación planteada por la senadora establecía una ampliación por 180 días, pero después propuso que se modificara a 90. La ley es de aplicación general en todo el territorio nacional.